Nuevo Régimen de Información

A cargo de entidades financieras relacionadas con personas humanas y sucesiones indivisas.

En el nuevo Régimen de Información, la obligación de informar estará a cargo de las entidades financieras, los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.

Estos sujetos tendrán tiempo hasta el 1 de abril de 2019, inclusive, para informar los datos relativos a, entre otros, los depósitos bancarios, títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores, en moneda nacional con y sin cláusula de ajuste.

Además, los mencionados agentes de información deberán poner la información a disposición de sus clientes, con una antelación mínima de 30 días corridos a la fecha de vencimiento general para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas.

Así se completa el Régimen Informativo para Entidades del Mercado de Capitales (R.G. 4.298que rige desde el 1° de enero de 2019.