Facturación: Nuevos plazos y condiciones

 

Prórroga para recambio de controladores fiscales

Los controladores fiscales de “vieja tecnologia” podrán comercializarse hasta el 31 de agosto de 2019 y el programa aplicativo “AFIP DGI – RECE – RÉGIMEN DE EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS” podrá utilizarse hasta el 30 de junio de 2019 para solicitar autorización para emitir electrónicos originales.

La AFIP establece un cronograma para el recambio:
  • Opción mayoristas: Deberán hacerlo con equipos de “nueva tecnología” a partir del 1 de septiembre de 2019.
  • Consumidores finales: Deberán ser obligatoriamente identificados cuando la operación sea igual o superior a $ 10.000, o cuando el monto sea igual o superior a $ 5.000 y el pago no se efectué a través de algún medio electrónico autorizado.

 

Financiamiento para microempresas

El Banco Nación diseñó una propuesta para las microempresas, destinada a facilitarles la adquisición de controladores fiscales con un plazo de hasta 60 cuotas fijas y una TNA de 49%.

 

Facturación en el momento de la entrega

Las operaciones cuya facturación corresponda realizarse en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante, la implementación del procedimiento será de aplicación según el siguiente cronograma:

Opción de emisión de comprobantes electrónicos Fuente: RG N° 4.291 Opción de utilización de Controlador Fiscal Fuente: RG N° 3.561 Por los comprobantes que se emitan a partir del:
Comprobantes en Línea / Facturador Móvil 1/04/2019
Webservices 1/09/ 2019
Controlador Fiscal 1/09/ 2019

 

Emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos

Los sujetos que opten por la emisión de comprobantes electrónicos originales mediante el intercambio de información del servicio Webservice y realicen operaciones con consumidores finales por alguna de las actividades que figuran en el anexo, quedan obligados a la emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes a partir del 1 de marzo de 2020.

 

Código de Autorización Electrónico

Los comprobantes electrónicos no tendrán efectos fiscales frente a terceros si no cuentan con el Código de Autorización Electrónico (C.A.E.), otorgado por esta Administración Federal.

Más información en ¿Cómo obtener el C.A.E.?