AJUSTE POR INFLACIÓN

 

Lo que debes saber…

Ante la consulta efectuada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) en relación al balance que se debe cargar en el Aplicativo denominado “SIAP Ganancias de Personas Jurídicas”, deberá considerarse el que coincide con el balance comercial conforme a las normas contables, es decir el ajustado por inflación.

La AFIP estableció cómo declarar el balance ajustado por inflación. Según la Resolución JG 539/18 (FACPCE) -mediante la cual se establece que los Estados Contables correspondientes a ejercicios anuales o de periodos intermedios cuyo cierre haya ocurrido desde el 1 de julio de 2018 (inclusive) deberán reexpresarse de acuerdo con la Resolución Técnica 6 (FACPCE).

Podrán informar el Resultado por Exposición al Cambio en el Poder Adquisitivo de la Moneda (RECPAM) a través del campo “Resultado por Exposición a la Inflación (REI). Asimismo podrá informar el ajuste correspondiente a fin de determinar el Resultado Impositivo.