Moratoria

 

Se extienden beneficiarios y ofrecen un alivio para las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19.

Se habilitó la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020. Pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas. Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 31 de octubre para registrarse.

La iniciativa incluye a aquellas personas humanas y personas jurídicas que originalmente no habían sido contempladas a finales del año pasado.

 

Principales características de la ampliación de la Moratoria 2020

  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
  • Primera cuota vence el 16 de diciembre
  • Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran pueden regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras. Los plazos son de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta mayo de 2021. A partir del mes siguiente se aplicará una tasa variable en pesos.
  • Condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.