Ganancias, cargas sociales e impuesto al cheque

Cambios establecidos por la reforma tributaria

 

En primer término, la reforma tributaria implica un cambio en la forma de liquidar los impuestos.

A nivel corporativo, la tasa de Ganancias, va a disminuirse desde el 35% que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2017, al 30% para el 2018 y 2019. Y a partir del 2020 su disminución va a ir al 25%, entrando en una franja de alícuotas similar a lo que se paga en nuestra región por el impuesto a las Ganancias. Esta tasa es complementaria a la tasa que van a abonar los distintos accionistas por los dividendos que reciban. Estos dividendos van a tributar a una alícuota del 13% a partir del año 2020 y del 7% para el 2018 y 2019.

Por otra parte se incorpora la actualización por inflación de los distintos activos que conforman el patrimonio de las empresas. Hay que distinguir que la ley incorpora un revalúo contable e impositivo optativo que entra en vigencia por todo lo acumulado al 31 de diciembre de 2017.

Por otro lado, hay una devolución del IVA crédito fiscal que se acumule por la adquisición de bienes de uso. Esto es un incentivo para aquellas empresas que terminan invirtiendo en bienes de capital y que esto les genera un saldo a favor que no puedan absorber en un período de seis meses“.

 

Contribuciones patronales 

Se establece por primera vez un mínimo no imponible que a partir de febrero de 2018 se encuentra en $2,400 y que se va a ir actualizando por inflación todos los años hasta llegar a un equivalente a $12.000 de mínimo no imponible en el año 2022. Asimismo, existe un compromiso de disminución de lo que son las alícuotas sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. “Se busca que lleguen al 0% en 2022 para la producción primaria o industrial”.

 

Impuesto al cheque

Año a año se va a ir incrementando el porcentaje que las empresas podrán utilizar este impuesto contra el saldo del impuesto a las Ganancias. “Desde 2022, el 100% del impuesto al cheque será computable contra otros impuestos”.