MONOTRIBUTO: RECORDATORIO
Obligatoriedad de la aceptación de tarjeta de débito para operaciones efectuadas con consumidores finales
Quiénes están obligados
Todos los contribuyentes que realicen operaciones habituales con consumidores finales estarán obligados a recibir tarjetas de débito como medio de pago, entendiéndose que deberán brindarles a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales del POS.
Los Monotributistas categorías:
- De la “F-K” a partir del 31 de diciembre de 2017, inclusive.
- De la “A-E” a partir del 31 de marzo de 2018, inclusive.
Quiénes están exceptuados
Los contribuyentes que desarrollen su actividad en localidades con menos de 1000 habitantes (según último censo INDEC) o el importe de la operación sea inferior a $ 10.
Fuente: Art. 3 y 4 RG 3997/17