Más facilidades para estar al día

 

Se podrán reformular deudas vencidas hasta el 30/9/18, incluyendo planes vigentes de Monotributo, Ganancias y Bienes.

El plan de pagos del sistema “Mis Facilidades” que incorporaba deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2018 y permitía reformular algunos planes de pago, aceptará desde noviembre obligaciones vencidas hasta el 30 de septiembre de 2018, inclusive. También permitirá reformular el “Plan Permanente para Monotributo” y el “Plan de pagos para Ganancias y Bienes Personales”, que antes no se encontraban incluidos.

Esta nueva opción para refinanciar tus obligaciones estará disponible a partir del 9 de noviembre de 2018, dentro del sistema “Mis Facilidades.

La tasa efectiva mensual de financiamiento para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018 que ofrece este plan es de 3% para Micro y Pequeñas Empresas y de 4% para el resto de los contribuyentes. Se pueden solicitar hasta 48 cuotas.

Cómo reformular tus planes vigentes

  • Luego de ingresar al sistema “MIS FACILIDADES” con tu clave fiscal, deberás seleccionar la opción “Reformulación de planes vigentes de las R.G. Nros. 3.827, 4.057, 4.099, 4.166 y 4.268”. Una vez allí podrás elegir los planes vigentes que vas a reformular.
  • Para cada plan que reformules, se considerará la totalidad de las cuotas canceladas hasta el último día del mes inmediato anterior al que efectúes la reformulación, como ingresadas a la fecha de consolidación del plan original.
  • El sistema generará el nuevo plan. La deuda se consolidará a la fecha de cancelación del Volante Electrónico de Pago (VEP) correspondiente al pago a cuenta.
  • Tendrás que seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) desde la que efectuarás el pago de las cuotas.
  • Tras realizar la presentación, deberás imprimir el formulario de declaración jurada N° 1.003 que te brindará el sistema, junto con el acuse de recibo.
  • Por último, deberás solicitar al banco que suspenda los débitos que estuvieran programados para el mes en que solicitas la reformulación del plan, dentro de los 30 días corridos de efectuado el débito.

Vigencia

La medida se dispuso para facilitar a los contribuyentes y responsables la regularización de obligaciones. Estas disposiciones entrarán en vigencia el 30 de octubre de 2018 y resultarán de aplicación a partir del 1 de noviembre del corriente.

Fuente: Resolución General 4328