Asociaciones civiles y fundaciones

 

Cambios en las obligaciones

La Resolución General IGJ 7/2018, publicada el 05/12 en el Boletín Oficial, modifica los artículos 516 y 517 del Anexo “A” de la Resolución General IGJ 7/2015.

En tal sentido, las fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros por importes superiores a $ 140.000 en un período no superior a los 30 días deberán presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

En tanto, las asociaciones civiles y/o fundaciones que al momento de la constitución o con posterioridad reciban donaciones o aportes de terceros por montos que superen los $ 400.000 en un período no superior a los 30 días deberán presentar una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos. En aquellos casos en que las donaciones o aportes de terceros superen los $ 800.000, deberán presentar documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos.